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ITVM – Impuesto de Vehículos sobre Tracción Mecánica
Los vecinos de la localidad que vayan a dar de alta un vehículo en la Jefatura Provincial de Trafico tienen la obligación de pagar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica con carácter previo.
Las tarifas del Impuesto se recogen en la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica que encontraran adjunta en esta sección. Al tratarse de altas nuevas, dichas tarifas se prorratearán por trimestres naturales en función de la fecha en que se realiza.
Pinche en el siguiente enlace para acceder a la Ordenanza del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica:
Ordenanza del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica